Informe Semestral

LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE MORELOS

Artículo 43. La ESAF informará a la Legislatura, del estado que guarda la solventación de observaciones a las Entidades fiscalizadas respecto a cada uno de los Informes de Resultados que se deriven de las funciones de fiscalización.

Para tal efecto, el reporte a que se refiere este artículo será semestral y deberá ser presentado a más tardar los días primero de los meses de mayo y noviembre de cada año, con los datos disponibles al cierre del primer y tercer trimestre del año, respectivamente.

El informe semestral se elaborará con base en los formatos que al efecto establezca la ESAF e incluirá invariablemente los montos efectivamente resarcidos a la Hacienda Pública del Estado o los municipios, o al patrimonio del Entes públicos, derivados de la fiscalización de la Cuenta pública y en un apartado especial, la atención a las recomendaciones, así como el estado que guarden las denuncias penales presentadas y los procedimientos de responsabilidad administrativa promovidos en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, esta Ley y demás disposiciones aplicables. Asimismo, deberá publicarse en la página de Internet de la ESAF en la misma fecha en que sea presentado en formato de datos abiertos conforme a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones aplicables y se mantendrá de manera permanente en la página de Internet.

En dicho informe, la ESAF dará a conocer el seguimiento específico de las promociones de los informes de presunta responsabilidad administrativa, a fin de identificar a la fecha del informe, las estadísticas sobre dichas promociones identificando también las sanciones que al efecto hayan procedido.

Respecto de los pliegos de observaciones, en dicho informe se dará a conocer el número de pliegos emitidos, su estatus procesal y las causas que lo motivaron.

En cuanto a las denuncias penales formuladas ante la Fiscalía Anticorrupción o las autoridades competentes, en dicho informe la ESAF dará a conocer la información actualizada sobre la situación que guardan las mismas, el número de denuncias presentadas, las causas que la motivaron, las razones sobre su procedencia o improcedencia, así como, en su caso, la pena impuesta.